El pasado mes de Febrero, el Consejo de Ministros aprobó el informe del Anteproyecto de Ley para la racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que modificará la normativa estatal en materia de Administración Local (Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales).
Si atendemos a la Exposición de Motivos del Anteproyecto, se pretende fijar el principio de “una Administración una competencia”, así como “racionalizar la estructura organizativa de la Administración local de acuerdo con los principios de eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera, garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso y favorecer la iniciativa económica privada evitando intervenciones administrativas desproporcionadas”.
Pero la finalidad verdadera es hacer desaparecer casi de facto la autonomía local y, amparándose en los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad económica, liquidar el principio de cercanía y proximidad de la prestación de los servicios municipales a la ciudadanía. En detrimento de lo municipal, se refuerza el papel de las administraciones territoriales de ámbito supramunicipal, fundamentalmente de las Diputaciones y, en menor medida, de las Comunidades Autónomas.
Las Diputaciones Provinciales son órganos de gobierno y administración de origen decimonónico. Se trata de instituciones caducas, que manifiestan un importante déficit democrático e imposibilitan la consolidación y fortalecimiento de otros entes supralocales, como las comarcas, más fieles a la tradición y organización social y cultural del territorio andaluz.
La autonomía municipal está reconocida en la actual Constitución española (arts. 137, 140 y 142), en el Estatuto de Autonomía de Andalucía y en las leyes estatales y autonómicas de régimen local. Según el Tribunal Constitucional, “es una garantía institucional que asegura la existencia de las entidades locales y supone el derecho de cada comunidad a intervenir mediante sus órganos propios en los asuntos que le atañen directamente”. Esto significa que la ciudadanía, ya sea directamente o a través de sus representantes legítimamente elegidos, ostenta poder decisorio y ejecutivo en aquellas cuestiones que le afectan de forma más cercana.
En este sentido, la reforma legislativa que se nos impone fijará tres tipos de competencias municipales: propias (las enumeradas expresamente en la ley), delegadas por el Estado o la Comunidad Autónoma e impropias (distintas de las dos anteriores). Asimismo, mediante Real Decreto, se fijará el precio estándar de todos los servicios que prestan los municipios dentro de su ámbito competencial. Si el coste de la prestación de un servicio determinado fuera superior al estándar fijado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y además se tratase de una “competencia impropia”, se suprimiría el servicio. Por el contrario, si fuera un servicio mínimo, siendo el caso de un municipio de menos de 20.000 habitantes, éste sería prestado obligatoriamente por la Diputación. Mientras que en el resto de municipios, mayores de 20.000 habitantes, el propio consistorio sería quien decidiera voluntariamente la opción de prestar ese servicio o atribuir tal competencia a la Diputación.
De igual modo, las mancomunidades y las entidades locales menores se someterán a este proceso de evaluación del coste real, respecto al coste estándar preestablecido. Si no lo superaran, serían disueltas, pasando sus servicios a las Diputaciones y a los municipios respectivamente. Cuando sean las Diputaciones las encargadas de la prestación de los servicios, éstas decidirían la cantidad que habría que abonar por cada uno de ellos. Lo que deriva en una pérdida significativa a la hora de llevar a cabo una política fiscal propia por parte de los Ayuntamientos, respecto a las tasas y precios públicos de tales servicios.
Así pues Andalucía, compuesta por 771 municipios y casi tres mil entidades singulares de población, donde su inmensa mayoría tienen menos de 20.000 habitantes, verá a sus más de ocho millones de ciudadanos/as sufrir los efectos negativos de la implantación de esta norma legislativa.
Por todo ello,
Desde “Asamblea de Andalucía” expresamos el más rotundo rechazo a esta reforma, que supone una pérdida de nuestra soberanía municipal, y manifestamos una oposición frontal a la misma, entendiendo que:
- La reforma necesaria en el ámbito local no puede discurrir por esta senda, sino que los cambios legislativos deben ir encaminados a hacer efectiva una descentralización en favor de lo municipal. Resulta imprescindible dotar a los consistorios de los recursos materiales, personales y económicos necesarios para desarrollar sus funciones, porque el actual sistema de financiación de las Haciendas locales se manifiesta insuficiente para atender las necesidades ciudadanas.
- Consideramos que ninguna entidad territorial de ámbito superior debe sustituir a la municipalidad en los asuntos de carácter estrictamente locales. Los servicios públicos municipales que afectan directamente a los ciudadanos, deben permanecer en la esfera local y ser prestados por el propio municipio.
- Exigimos la desaparición de la anacrónicas Diputaciones Provinciales, que son ámbitos con un gravísimo déficit democrático que funcionan con una casi total falta de transferencia, son un refugio para profesionales de la política cesantes en otros cargos, generan corrupción y coartan la soberanía municipal. Su desaparición conllevaría también un importante ahorro, que debería revertir en los propios ayuntamientos.
- Rechazamos que esta modificación legislativa esté amparada en los principios de estabilidad, sostenibilidad financiera y eficiencia, como pretende, cuando en realidad supone una merma en el grado de bienestar de la ciudadanía. Los servicios públicos no pueden ser valorados únicamente desde una perspectiva productivista ni por su coste económico, sino en la medida que se manifiestan accesibles y universales, satisfacen con calidad las necesidades sociales y contribuyen a un desarrollo beneficioso para todas/os.
- Llamamos a la sociedad civil andaluza y a las propias corporaciones municipales a manifestar su rechazo frontal a esta reforma que supone una agresión al municipalismo. Sobre todo en Andalucía, la democracia tiene su espacio fundamental en el nivel municipal, que es donde es más posible la participación ciudadana directa. Lo vieron así nuestros antepasados y lo reflejaron en diversos textos, como el proyecto de Constitución Andaluza de Antequera de 1883. Andalucía sólo podrá ser construida como pueblo a partir de los municipios. Y la necesaria reconquista del ámbito de la política sólo puede prosperar a partir del nivel municipal. Por ello, recortar competencias a los municipios y vaciarlos de contenido haciéndolos depender más aún que hoy de otras instancias equivale a un ataque a la democracia y un nuevo obstáculo para la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos.
Asamblea de Andalucía, 16 de Marzo de 2.013
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